Abril - 2023
Unión Europea ESMA IOSCO Otros PROTECCIÓN AL INVERSOR PROTECCIÓN AL INVERSOR
Unión Europea Finanzas Sostenibles Inicio | Imprimir |  Atrás
La Comisión Europea (CE) presentó en una Comunicación dirigida al Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comité Económico Social Europeo y Comité de las Regiones en diciembre de 2019 el denominado Pacto Verde Europeo en respuesta a los desafíos provocados por el cambio climático y la degradación medioambiental. En concreto, este Pacto recoge las líneas fundamentales de la estrategia de crecimiento a seguir por la Unión Europea (UE) con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática en 2050.

Por otro lado, la Ley Europea del Clima, recientemente adoptada, ha fijado como objetivo adicional reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en, al menos, un 55 % hasta 2030 en comparación con los niveles de 1990.

La consecución de estos objetivos es de tal envergadura que implica que la UE tendrá que realizar importantes inversiones en todos los sectores económicos para lo que precisa contar con un marco de financiación que facilite la canalización de los flujos de capital hacia aquellas inversiones que reduzcan la exposición a los riesgos climáticos y medioambientales. En el ámbito público, la Unión ha acordado que una parte del presupuesto del marco financiero plurianual 2021-2027 y del Instrumento denominado NextGenerationEU se destine a proyectos relacionados con el cambio climático y que apoyen la biodiversidad. Pero las inversiones del sector público no serán suficientes y una parte importante de las que se precisa realizar deberá proceder del sector privado, para lo cual será necesario que los mercados de capitales desempeñen un papel fundamental.

El primer plan de acción sobre la financiación del desarrollo sostenible fue adoptado por la CE en 2018 en base a tres ejes principales:

(1) Un sistema de clasificación de actividades sostenibles, inicialmente medioambientales pero con la previsión de abarcar también en un futuro aspectos sociales, que se ha desarrollado en el denominado Reglamento de la Taxonomía, adoptado en junio de 2020.

(2) Un marco de divulgación exigible a empresas financieras y no financieras con el objetivo de obligarles a aportar información suficiente para que los inversores puedan adoptar decisiones de inversión sostenible fundadas. Es importante destacar que el enfoque europeo de las obligaciones de divulgación está basado en la doble materialidad, es decir, la información a aportar debe abarcar el impacto que las actividades de una empresa tiene en el medio ambiente y la sociedad y viceversa (el impacto que las exposiciones de una empresa al medio ambiente y sociedad tiene en los riesgos que asume y en su rentabilidad). Como partes integrantes de este marco hasta este momento se han adoptado dos normas: (a) el Reglamento de divulgación de información en materia de sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (Reglamento de divulgación) exigible a participantes del mercado financiero que ofrecen productos de inversión y asesores financieros desde el 10 de marzo de 2021 y (b) el ya mencionado Reglamento de la Taxonomía exigible a partir de enero de 2022 a los participantes en los mercados financieros y a todas las empresas que vayan a estar sujetas a la futura Directiva sobre divulgación de información corporativa en materia de sostenibilidad1. Además, se ha modificado recientemente el Reglamento delegado (UE) 2017/565, que desarrolla la Directiva sobre los mercados de instrumentos financieros (conocida como MiFID II), para incluir las preferencias de sostenibilidad en el asesoramiento sobre inversiones2. También se ha introducido una modificación similar en el ámbito de los seguros.

(3) Instrumentos de inversión como, por ejemplo, los índices de referencia de transición climática de la UE o armonizados con el Acuerdo de París mediante un Reglamento adoptado en 2019 que modificó el Reglamento de índices de referencia, una propuesta de Reglamento sobre bonos verdes europeos o la propuesta relacionada con una etiqueta para productos financieros a minoristas (cuya adopción está prevista para 2022).

Pero tanto el contexto mundial como el enfoque sobre los pasos que se necesitan dar para alcanzar los objetivos de sostenibilidad han evolucionado muchísimo durante los últimos años lo que ha provocado la adopción por parte de la CE de una nueva fase en su estrategia en materia de finanzas sostenibles, la cual está basada en torno a seis acciones diferentes: una mayor concreción del marco de financiación que precisa la transición hacia una economía sostenible, fomentar una participación más inclusiva, fortalecer la resiliencia del sector financiero, aumentar la contribución del sector financiero, garantizar una transición ordenada en el ámbito financiero y determinar el nivel de ambición mundial.

A continuación, se mencionan las iniciativas que se ha marcado la CE, en el marco de su nueva estrategia publicada en julio de este año, con relación a cada una de las acciones de referencia mencionadas.


Para más información, por favor, haga clic aquí.
 
Unión Mercados Capitales
  Estrategia de la Comisión Europea sobre inversiones ...
 
Finanzas Sostenibles
  Propuesta de Reglamento sobre la transparencia e ...
 
Unión Mercados Capitales
  Propuesta de Directiva de la Comisión Europea relativa ...
 
Abuso de Mercado
  Informe de ESMA relativo a la consulta pública sobre la ...
 
Innovación tecnológica financiera
  Dos Consultas de IOSCO: una sobre Recomendaciones para ...
 
Exchange Traded Funds
  Informe sobre buenas prácticas relativas a la ...
 
© CNMV - Comisión Nacional del Mercado de Valores - Mapa Web - Aviso Legal