Marzo - 2024
Unión Europea ESMA IOSCO Otros PROTECCIÓN AL INVERSOR PROTECCIÓN AL INVERSOR
Inicio | Imprimir |  Atrás
El Consejo de IOSCO ha publicado, el 5 de octubre, un informe final sobre los principios para las Oil Price Reporting Agencies (en adelante PRAs) con el objetivo de incrementar la fiabilidad de los precios del petróleo utilizados como subyacentes en diversos contratos de derivados. Estos principios se han elaborado en respuesta al G20 quien solicitó -en noviembre de 2011 y reiteró en la Declaración de Los Cabos en noviembre de 2012- que IOSCO, en colaboración con el IEF (International Energy Forum), el IEA (International Energy Agency) y la OPEP (Organización de Países Exportadores de Petróleo), preparara unas recomendaciones a los ministros de economía del G20 con el objetivo de mejorar el funcionamiento y supervisión de las PRAs. El documento parte de un informe conjunto sobre PRAs preparado por IOSCO, IEA, IEF y OPEP -y presentado al G20 en la cumbre de Cannes de noviembre de 2011-, así como del documento a consulta que IOSCO publicó en marzo de este año sobre el funcionamiento y supervisión de las PRAs.

Los principios detallan un conjunto de prácticas recomendadas para las PRAs con el objeto de promover la calidad e integridad de las evaluaciones de los precios del petróleo lo que, a su vez, fomentará la integridad del proceso de formación de precios y la gestión de riesgos del mercado de derivados y dificultará la manipulación de precios. La implementación de los principios significa la adopción de una serie de medidas encaminadas a:
  • Asegurar que sus metodologías faciliten información suficiente para explicar cómo se realizan las valoraciones y cómo deben ser comunicados a la industria los cambios en la metodología.
  • Dar prioridad a transacciones realizadas y, en otro caso, explicar las razones.
  • Adoptar procedimientos de control interno robustos aplicables a la remisión y evaluación de los datos de mercado utilizados en una valoración.
  • Adoptar sólidas políticas de conflictos de interés con el objeto de reducir la posibilidad de influencias indebidas en el proceso de valoración.
  • Establecer políticas de documentación y registro (audit trails) y procedimientos formales de reclamación que incluyan recursos a una tercera parte independiente.
  • Poner a disposición de las autoridades del mercado los registros u otra documentación que pretenda facilitar la determinación acerca de la fiabilidad de un precio, o investigar y perseguir conductas ilegales que afecten a los mercados de derivados.
Si bien los principios han sido elaborados para los mercados de derivados sobre el petróleo, el informe anima a otras agencias a implementar los principios de forma más general a los precios de contratos de derivados sobre commodities cualquiera que sea la naturaleza del subyacente.

Los principios reconocen que no existe obligación legal sobre ningún participante en el mercado de contado o físico de crudo para que remita datos sobre las transacciones a las PRAs y que, por lo tanto, los datos se remiten de forma voluntaria, si bien IOSCO se ha centrado en crear incentivos para establecer esta obligación. IOSCO recomienda a las autoridades de los mercados que consideren prohibir la negociación en contratos de derivados sobre commodities que utilicen precios basados en la evaluación de una PRA salvo que esta valoración haya seguido los principios de IOSCO.

Los principios son los siguientes:

1. Calidad e integridad de las metodologías de las PRAs.

La metodología deberá estar documentada y ser pública. Su objetivo es lograr que los cálculos de precios sean indicadores fiables de los valores de los mercados de crudo, sin alteración y con representatividad del particular mercado al que se refiere.

Una PRA debe adoptar y hacer públicas el procedimiento y las razones para cualquier propuesta de cambio material de su metodología. Estos procedimientos deben ser consistentes con el objetivo de asegurar la integridad de las valoraciones de precios, y ser implementados por el buen orden de un mercado concreto al que los cambios se refieren, incluyendo un periodo de consulta con la industria.

2. Calidad e integridad de la valoración de precios.

Los datos de mercado a utilizar en las valoraciones de precios deben seguir el orden de prioridad siguiente: en primer lugar, las transacciones concluidas y comunicadas; en segundo lugar, las ofertas de compra y de venta; y, en tercer lugar, otra información de mercado. Las posibilidades de selección y de extrapolación de datos requiere a veces la realización de un juicio discrecional y, en conexión con ello, la remisión voluntaria de datos plantea también dos cuestiones: la remisión selectiva con objeto de manipular una valoración y la suficiencia de los datos para considerar fiable la evaluación a que da lugar.

Las PRAs deberán colaborar con las autoridades reguladores en el intercambio de información y designar un auditor externo que realice informes periódicos sobre su ajuste a la metodología y el cumplimiento de estos principios. IOSCO propone, en colaboración con el IEA, IEF y la OPEP, evaluar la implementación de los principios después de 18 meses y, si no ha sido efectiva, desarrollar nuevas recomendaciones.

Si usted quiere leer el documento completo, haga click, en: http://www.iosco.org/library/pubdocs/pdf/IOSCOPD391.pdf
 
Índices financieros
  Propuesta de modificación del Reglamento (UE) relativo ...
 
Protección al inversor
  Informe Final de ESMA sobre la aplicación y eficacia de ...
 
Finanzas sostenibles
  Informe Final de IOSCO sobre prácticas de supervisión ...
 
Instituciones Inversión Colectiva
  Informe Final de IOSCO sobre herramientas ...
 
Finanzas sostenibles
  Informe de consulta de IOSCO sobre Mercados Voluntarios ...
 
OCDE: Gobierno corporativo
  Revisión de los principios sobre gobierno corporativo ...
 
© CNMV - Comisión Nacional del Mercado de Valores - Mapa Web - Aviso Legal