Noviembre - 2022
El artículo 52, apartado 1, de MiFIR obliga a ESMA a remitir un informe a la Comisión Europea (CE) para que esta lo presente a los colegisladores de la Unión Europea (UE) sobre, entre otros asuntos, las exenciones a la pre y post-transparencia (publicación) de las órdenes y transacciones en instrumentos financieros distintos a acciones recogidas en los apartados 2 a 5 del artículo 9 de esa misma disposición. Aunque ESMA debía presentar este informe antes del 30 de marzo de 2020, la ampliación del periodo de la consulta pública relativa a las propuestas para la mejora de la transparencia en esta clase de instrumentos financieros, debido al impacto de la pandemia del COVID-19, ha retrasado su publicación hasta el 25 de septiembre de 2020.

Este mismo artículo requiere que ESMA remita a la CE un informe de parecidas características sobre las acciones e instrumentos similares a las acciones el cuál se publicó el 16 de julio de 2020 y cuyo contenido fue objeto de una reseña en el Boletín Internacional de julio de este mismo año.

Las principales conclusiones remitidas a la CE para mejorar la transparencia en este segmento de instrumentos financieros, pero cumpliendo con el criterio establecido en el considerando número 2 del Reglamento Delegado 2017/583 de la Comisión (en adelante, RTS 2) por el que se debe “evitar que la obligación de comunicar las órdenes y operaciones,…, tenga como consecuencia indeseable la pérdida de liquidez”, son las siguientes:

1) eliminación de las exenciones relacionadas con el umbral relativo al tamaño específico del instrumento (SSTI, por sus siglas en inglés);

2) analizar si la eliminación del SSTI debería de ser compensado con una disminución del umbral para determinar las operaciones de gran volumen (LIS, por sus siglas en inglés);

3) con el fin de aumentar el porcentaje de bonos sujeto a la publicación de órdenes y transacciones en tiempo real se proponen tres alternativas:

a) eliminar la clasificación de instrumentos líquidos e ilíquidos a estos efectos y crear un régimen simplificado basado en el umbral de operaciones de gran volumen (LIS);
b) modificar el RTS 2 y pasar directamente a la fase 4 (desde la fase 1 o 2) y así incrementar el número de bonos líquidos (el RTS 2 establece un procedimiento en cuatro fases para aumentar el número de bonos que se consideran líquidos) y, por tanto, sujeto a un mayor nivel de transparencia que se ejecutaría sucesivamente desde su entrada en vigor (para poder pasar de una fase a la siguiente ESMA debe llevar a cabo un análisis del impacto en la liquidez de las exigencias de la fase implementada);
c) realizar la evaluación de si un instrumento es líquido o ilíquido utilizando una medida de liquidez diferente (actualmente basado en el número de transacciones, volumen y días negociados) como, por ejemplo, el volumen de la emisión discriminando entre distintos tipos de bono (deuda pública, otros bonos públicos, bonos convertibles, bonos garantizados, bonos corporativos y otros);

4) traspaso a ESMA, por falta de uso, de la capacidad de las Autoridades Nacionales Competentes de suspender temporalmente las obligaciones de publicación (pre y post-transparencia) de órdenes y transacciones debido a una reducción significativa de la liquidez de instrumentos financieros considerados líquidos;

5) simplificación del régimen de retrasos de publicación de las transacciones superiores al umbral SSTI, a las del umbral de operaciones de gran volumen (LIS) y a todas las transacciones en instrumentos ilíquidos. Se propone pasar del modelo actual de retraso de 48 horas (48h) y posibles extensiones de cuatro semanas o de publicación semanal agregada (p.e. en bonos soberanos) a un retraso de 48h, como el actual, pero solo con una extensión de dos semanas para el resto de detalles de la transacción.
 

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