Abril - 2023



El artículo 16 del Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado (el Reglamento) habilita a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) para elaborar directrices con la finalidad de “asistir a las autoridades competentes en su examen de la especificidad e importancia de los factores de riesgo y de la presentación de los factores de riesgo por categorías en función de su naturaleza”.

La finalidad de los factores de riesgo es la de permitir que los inversores puedan evaluar los riesgos relevantes relacionados con su inversión consiguiendo, por lo tanto, realizar decisiones de inversión informadas. Por esta razón, la descripción de los factores de riesgo se debería limitar a aquellos riesgos importantes y específicos del emisor y/o de sus valores, ser coherente con el contenido del folleto y expresarse de manera clara y concisa. Por otro lado, la información facilitada en relación con los riesgos no debería utilizarse como una forma de mitigar la responsabilidad sobre el contenido del folleto.

Con el objetivo de asistir a las autoridades competentes (AC) en su revisión de los folletos y facilitar la presentación apropiada, concisa y comprensible de los factores de riesgo, ESMA redactó una propuesta de Directrices que fue objeto de consulta pública en julio de 2018. Como resultado de la consulta, el 29 de marzo de 2019 se publicó un informe final conteniendo un resumen de los comentarios realizados por la industria y la contestación de ESMA a las cuestiones planteadas. Aunque las Directrices van dirigidas a las AC, las personas responsables del folleto (emisores o sus órganos administrativos, de gestión o supervisión, el oferente, la persona que pide su admisión a negociación en un mercado regulado, el garante o cualquier persona responsable de la información contenida en el folleto y así identificada en el mismo) deberían tenerlas en cuenta para preparar el folleto.

Una vez las Directrices sean traducidas a las lenguas nacionales entrarán en vigor dos meses después de su publicación en la página web de ESMA.


Para más información, por favor, haga clic aquí.
© CNMV - Comisión Nacional del Mercado de Valores - Mapa Web - Aviso Legal