Marzo - 2024
Unión Europea ESMA IOSCO Otros PROTECCIÓN AL INVERSOR PROTECCIÓN AL INVERSOR
ESMA Repos OICVM Inicio |  Atrás
EDICIONES ANTERIORES
ESMA ha publicado, con fecha 4 de diciembre de 2012, un informe final con las Directrices sobre acuerdos de compraventa con pacto de recompra (repo) y con pacto de reventa (reverse repo o repo inverso), con el objetivo de crear un marco completo para los Organismos de Inversión Colectiva en Valores Mobiliarios (en adelante OICVM) que incremente la transparencia y la protección del inversor y contribuya a la estabilidad de los mercados financieros.

ESMA publicó con carácter previo -en el Anexo IV del Informe Fondos Cotizados (Exchange Traded Funds) y otras cuestiones relativas a OICVM de julio del 2012- un documento a consulta sobre la condición de recuperables (recallability) de los valores y el efectivo en los pactos de recompra y de reventa, respectivamente, que hubieran celebrado los OICVMs. En ese documento a consulta ESMA proponía que un porcentaje de los activos y el efectivo comprometidos en pactos de recompra pudiera tener la condición de no reclamable (non-recallable) en cualquier momento por la OICVM y describía una serie de medidas de protección para mitigar el riesgo de contraparte y asegurar el derecho de reembolso a los partícipes. ESMA preguntaba a la industria, en concreto, acerca de cuál debía ser el porcentaje de activos y/o efectivo no reclamable (non-recallable).

Este informe final contiene las respuestas al documento a consulta reseñado y dos anexos: el anexo I es un análisis coste beneficio de la propuesta que se recoge en el documento y el anexo II que recoge las Directrices sobre acuerdos de compraventa con pacto de recompra (repo) y con pacto de reventa (reverse repo o repo inverso) de las OICVM.

Las Directrices finales establecen que los OICVMs solamente deberían entrar en acuerdos de venta con pacto de recompra o de reventa (repos o reverse repos, respectivamente) si pueden recuperar totalmente los activos o el total del efectivo, respectivamente, en cualquier momento, a diferencia de la propuesta del documento a consulta y teniendo en cuenta las respuestas de la industria.

Un OICVM que celebra un contrato de compraventa con pacto de recompra (repo) debe asegurarse de que puede, en cualquier momento, recuperar los valores a que se refiere el pacto de recompra (repo) o de que puede poner fin al mismo.

Un OICVM que celebra un contrato de compraventa con pacto de reventa (reverse repo) debe asegurarse de que puede, en cualquier momento, recuperar el importe total de efectivo a que se refiere el pacto de reventa (reverse repo) o de que puede poner fin al mismo. El cálculo de la cantidad total puede realizarse bien sobre una base acumulativa (accrued basis) o bien a precio de mercado (mark-to-market basis). Cuando el efectivo a recuperar en cualquier momento sea calculado a precio de mercado, el valor o precio de mercado del pacto de venta debe ser utilizado para el cálculo del valor liquidativo o de reembolso (net asset value) del OICVM.

ESMA considera que los pactos de recompra y de reventa con término fijo que no excedan de 7 días deben considerarse como acuerdos que permiten la recuperación de los activos o el efectivo en cualquier momento por los OICVM.

El texto de estas Directrices será incorporado en la sección X relativa a técnicas de gestión eficiente de la cartera de las Directrices sobre Fondos Cotizados (Exchange Traded Funds) y otras cuestiones relativas a OICVM publicado por ESMA en Julio del 2012.

Estas Directrices serán traducidas a las todas las lenguas oficiales de la UE y entrarán en vigor transcurridos dos meses desde la publicación de las traducciones en la página web de ESMA.

Si usted quiere leer el informe final que contiene las Directrices sobre acuerdos de compraventa con pacto de recompra (repo) y con pacto de reventa (reverse repo o repo inverso), por favor, haga click en : http://www.esma.europa.eu/system/files/2012-722.pdf

Si usted quiere leer el documento a consulta –contenido en el Anexo IV del Informe Fondos Cotizados (Exchange Traded Funds) y otras cuestiones relativas a OICVM de julio del 2012- previo al informe final sobre los acuerdos de recompra y de reventa, por favor, haga click en: http://www.esma.europa.eu/system/files/2012-474.pdf

Si usted quiere leer las Directrices para autoridades competentes y sociedades gestoras de OICVM sobre Fondos Cotizados (Exchange Traded Funds) y otras cuestiones relativas a OICVM, por favor, haga click en: http://www.esma.europa.eu/system/files/esma_es_0.pdf


 
 
Índices financieros
  Propuesta de modificación del Reglamento (UE) relativo ...
 
Protección al inversor
  Informe Final de ESMA sobre la aplicación y eficacia de ...
 
Finanzas sostenibles
  Informe Final de IOSCO sobre prácticas de supervisión ...
 
Instituciones Inversión Colectiva
  Informe Final de IOSCO sobre herramientas ...
 
Finanzas sostenibles
  Informe de consulta de IOSCO sobre Mercados Voluntarios ...
 
OCDE: Gobierno corporativo
  Revisión de los principios sobre gobierno corporativo ...
 
© CNMV - Comisión Nacional del Mercado de Valores - Mapa Web - Aviso Legal