Marzo - 2024
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ESMA MiFID II/MiFIR Inicio | Imprimir |  Atrás
El artículo 90 de la MiFIDII establece que la Comisión Europea (CE) debe presentar un informe al Parlamento y Consejo Europeo sobre un conjunto de áreas que se regulan en esta Directiva antes del 3 de marzo de 2020. En este caso, ESMA somete a consulta pública 54 cuestiones sobre el impacto de los requerimientos relativos a la negociación algorítmica, incluida la negociación algorítmica de alta frecuencia (art. 90.1.c). Tanto los efectos del Covid-19, como el Brexit, han alterado las prioridades de la CE y de ESMA, retrasando la entrega del informe de ESMA a la CE en esta materia. No obstante, ESMA ya ha remitido a la CE diversos informes finales sobre otros apartados del artículo 90.1 que han sido objeto de distintas reseñas en este Boletín Internacional.

En la presente consulta, ESMA adopta un enfoque holístico de la negociación algorítmica e incorpora otros aspectos relacionados con este fenómeno, como es el acceso electrónico directo al mercado, los tamaños mínimos de variación de los precios, los acuerdos de creación de mercado, las restricciones a la velocidad de la negociación (en inglés speedbumps) o las asimetrías en el acceso a las redes de comunicación de las órdenes y las ejecuciones, tanto privadas como públicas. El grueso de la consulta plantea si la regulación sobre negociación algorítmica debe extenderse a otros tipos de algoritmos, más allá de los que se aplican exclusivamente para la ejecución de órdenes, y si los clientes de la Unión Europea (UE) de un proveedor de acceso directo al mercado deben revestir la condición de empresa de servicios de inversión cuando operan solo por cuenta propia y no tienen la condición de negociador de alta frecuencia. En la actualidad este requisito no se aplica a los clientes de proveedores de acceso electrónico directo al mercado cuando estos clientes están localizados en terceros países.

Para llevar a cabo esta consulta pública ESMA ha solicitado información previa a sus miembros y a las plataformas de negociación europeas sobre distintos aspectos con objeto de tener un primer marco de referencia a fin de poner el foco de la consulta pública en las áreas de mejora detectadas por los participantes de los mercados en el ámbito de la negociación algorítmica. Uno de los datos más llamativos que ofrece la consulta es que en 2019 la CNMV fue la segunda autoridad nacional competente de la UE con mayor número de miembros de los mercados que realizan negociación electrónica (31 miembros) y la tercera jurisdicción donde más negociadores de alta frecuencia ejercen esta actividad (74 entidades). Hay que tener en cuenta que el Reino Unido ya no participa en las estadísticas sobre la UE.

La consulta pública ha estado abierta hasta el 12 de marzo de 2021 con el fin de que ESMA entregue a la CE un informe final en julio de 2021.


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