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El Comité Técnico de IOSCO, acordó, en junio de 2010, establecer un grupo de trabajo que examinara el papel que debían desempeñar los reguladores y supervisores de valores respecto al riesgo sistémico. La creación de este grupo de trabajo tuvo una consecuencia directa en el acuerdo adoptado por la organización de modificar los Objetivos y Principios de IOSCO, incorporando dos nuevos Principios sobre esta materia: El regulador debe disponer de unas políticas propias o contribuir en los procedimientos de seguimiento, reducción y gestión del riesgo sistémico (Principio 6) y, adicionalmente, el regulador debe disponer de políticas propias o contribuir, de forma periódica, en los sistemas de seguimiento de instrumentos no sujetos al marco regulador (Principio 7).

Este grupo de trabajo ha publicado, en febrero del 2011, el documento titulado: “Reducción del riesgo sistémico: el papel de los reguladores de valores”. Su objetivo es promover el debate entre los reguladores de valores desde la perspectiva de la relación directa del riesgo sistémico con sus proyectos de trabajo.

El documento de trabajo se basa en los Principios antes mencionados e inicia el desarrollo de una metodología para la identificación, análisis, seguimiento y reducción del riesgo sistémico, así como para la promoción de la estabilidad del sistema financiero.

El documento, pone en contexto el papel de los reguladores de valores con respecto al riesgo sistémico: las principales formas en que puede desarrollarse en los mercados de valores, los enfoques e indicadores que los reguladores de valores pueden utilizar para tratar de identificar las fuentes de riesgo sistémico, y la orientación sobre cómo los reguladores de valores pueden actuar, tanto para reducir la posibilidad de riesgo sistémico que pueda surgir como para reducir su impacto. Un resumen de las conclusiones preliminares del trabajo son:
 
  1. La transparencia y la difusión de información son fundamentales para identificar el desarrollo del riesgo sistémico y para equipar a los reguladores con la información necesaria para la adopción de medidas para hacerle frente.
  2. Un estricto control de la regulación de las normas de conducta es esencial para la gestión de los conflictos de interés y evitar el aumento de estructuras de incentivos no deseables en el sistema financiero.
  3. La innovación financiera y sus implicaciones para la estabilidad financiera deben ser una constante preocupación para los reguladores de valores. La innovación que suponga opacidad o una gestión inadecuada del riesgo deben ser vigilada cuidadosamente.
  4. Dado el papel central de los mercados en el sistema financiero global y su capacidad para generar y/o transmitir riesgos, los reguladores de valores deben trabajar con otros supervisores para mejorar la comprensión global de la economía de los mercados de valores, sus vulnerabilidades e interconexiones con el sector financiero y la economía real.
  5. Es importante para los reguladores de valores desarrollar mediciones de riesgos que sean clave para evaluar el riesgo sistémico que surja en los mercados de valores, y mejorar su comprensión y la aplicación de medidas concretas para reducir riesgos sistémicos identificados.
IOSCO considera que los reguladores de valores tienen un papel clave a la hora de identificar y reducir el riesgo sistémico, lo que supondrá incorporar, con mayor rigor, la reducción del riesgo sistémico en sus procesos y tareas cotidianas. Todos los miembros de IOSCO tendrán que determinar su propia respuesta que estará relacionada con sus competencias, el ámbito de su regulación, así como con el tamaño relativo y características de su mercado de valores, aprovechando, en su caso, la experiencia de otros miembros.

IOSCO reconoce que los reguladores de valores comparten la responsabilidad de hacer frente a los riesgos sistémicos con los bancos centrales y los reguladores prudenciales y deben promover la cooperación a través de organismos tales como el FSB, el Comité de Basilea, la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros y la propia IOSCO.

Si tiene interés en conocer con detalle el informe reseñado, lo puede encontrar en el siguiente enlace al documento de IOSCO:
http://www.iosco.org/library/pubdocs/pdf/IOSCOPD347.pdf
 
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