Marzo - 2024
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En respuesta a la crisis financiera de 2007, la Unión Europea (UE) estableció en enero de 2011 tres Autoridades para la supervisión de los mercados financieros, una para cada uno de los tres sectores (ESMA –mercado de valores–, EIOPA –seguros– y EBA –bancario–), las cuales se integran a su vez, junto al Consejo Europeo de Riesgo Sistémico, en el denominado Sistema Europeo de Supervisión Financiera.

En particular, ESMA tiene encomendada la consecución de tres objetivos principales dentro de su sector –estabilidad financiera, protección del inversor y adecuado funcionamiento de los mercados– que desarrolla a través de cuatro actividades principales –evaluación de los riesgos, convergencia supervisora, participación en la elaboración de un código normativo único y la supervisión directa de las agencias de calificación crediticia y registros de operaciones y de titulizaciones–.

El régimen jurídico de estas Autoridades ha sido objeto de reciente revisión y desde enero de 2020, tras una modificación de sus Reglamentos de creación (reforma de 2019), han visto reforzadas sus competencias, incluso recibido alguna nueva, a la vez que se han puesto en marcha mejoras en su gobernanza.

La Comisión Europea (CE) publicó el 12 de marzo, en el marco de su nuevo Plan de acción para alcanzar una Unión de los Mercados de Capitales (UMC) de septiembre de 2020, una consulta sobre convergencia supervisora y código normativo único (single rulebook), cuyo plazo de contestación venció el 21 de mayo.

En realidad, el objetivo de esta consulta pública (CP) es recabar la opinión de las partes interesadas, incluida la de las autoridades nacionales competentes (ANC), con el fin de llevar a cabo un estudio durante el cuarto trimestre de 2021 sobre ambos aspectos para, en función del resultado, evaluar si se precisa o bien la adopción de medidas que refuercen la coordinación entre las ANC en su labor de supervisión o bien la atribución de nuevas competencias de supervisión directa a las Autoridades Europeas de Supervisión (AES). Es muy probable que esta evaluación dé lugar a una nueva revisión del régimen jurídico aplicable a estas.

Asimismo, la Comisión tiene previsto valorar posibles modificaciones normativas para subsanar las deficiencias detectadas con ocasión del caso Wirecard, en particular en materia de gobierno corporativo, auditoría y supervisión de la información financiera.

Se desarrolla, a continuación, en este artículo los distintos aspectos que se tratan o plantean en la CP de la CE.


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